[Disposición derogada]
[Bloque 2: #pr]
La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, establece en su artículo 11 que el personal del Cuerpo de la Guardia Civil se agrupa en escalas, en función de las facultades profesionales asignadas al conjunto de los empleos de cada una de ellas y el grado educativo exigido para su incorporación. Entre dichas escalas se encuentra la de Suboficiales.
El artículo 19.1 de la citada Ley 42/1999, de 25 de noviembre, recoge como finalidad del sistema de enseñanza de la Guardia Civil, entre otras, la capacitación profesional específica de quienes han de integrarse en cualquiera de las escalas del Cuerpo. Asimismo, el artículo 20.1 determina que es la enseñanza de formación la que proporciona la preparación necesaria para dicha integración, estableciendo, además, una correspondencia de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales con la formación profesional de grado superior. De acuerdo con el apartado 2 del mismo artículo, la obtención del primer empleo de dicha escala será equivalente al título del sistema educativo general de Técnico Superior.
De conformidad con lo señalado en el artículo 28.5 de la mencionada Ley 42/1999, de 25 de noviembre, a la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales solo se puede acceder por promoción interna, reservándose la totalidad de las plazas a los miembros de la escala de Cabos y Guardias con, al menos, dos años de tiempo de servicio en ella. Sin embargo, hasta la entrada en vigor de la Ley, a dicha enseñanza se podía acceder directamente y por promoción interna, sistemas de ingreso que se tuvieron en cuenta en la elaboración del plan de estudios actualmente vigente, aprobado por Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de abril de 1999.
Por Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo, fueron aprobadas las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, en las que se han tenido en cuenta las modificaciones establecidas por la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, y las novedades introducidas por el Real Decreto 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica.
Las nuevas directrices generales, así como la mejora y mayor adecuación del diseño curricular respecto a las demandas actuales de la ciudadanía en materia de seguridad pública, aconsejan la aprobación de un nuevo plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 35.1 de la repetida Ley 42/1999, de 25 de noviembre, corresponde a los Ministros de Defensa y del Interior la aprobación de los planes de estudios del sistema de enseñanza de la Guardia Civil.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:
[Bloque 3: #au]
Se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil que figura en el anexo de esta Orden.
[Bloque 4: #da]
A los miembros de la escala de Cabos y Guardias se les concederá, con carácter eventual, el empleo de Sargento, desde el momento de su nombramiento como alumnos del centro docente de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales.
[Bloque 5: #dt]
Al plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Orden de 29 de abril de 1999 del Ministerio de la Presidencia, actualmente en vigor, le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 8.1.b) del Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
[Bloque 6: #dt-2]
Aquellos alumnos y alumnas que, a la entrada en vigor de la presente Orden, tuvieran que repetir curso de acuerdo a lo establecido en el plan de estudios aprobado por la Orden Ministerial de 29 de abril de 1999, lo harán conforme a lo dispuesto en el plan de estudios aprobado por la presente Orden, siéndoles convalidados aquellos módulos formativos que sean similares en carga lectiva y contenidos.
[Bloque 7: #dd]
Queda derogada la Orden de 29 de abril de 1999, del Ministerio de la Presidencia por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en la presente Orden Ministerial.
[Bloque 8: #df]
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.
[Bloque 9: #df-2]
La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
[Bloque 10: #fi]
Madrid, 5 de mayo de 2006.
FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
Sres. Ministros de Defensa y del Interior.
[Bloque 11: #an]
Proporcionar al Suboficial de la Guardia Civil las competencias profesionales necesarias para el desarrollo de acciones ejecutivas relacionadas con el mando, protección, prevención e investigación que el ordenamiento jurídico asigna con carácter general y específico al Cuerpo de la Guardia Civil, en el marco de las directrices, métodos y procedimientos establecidos en el Cuerpo, con la finalidad de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
a) Profundizar en los valores y principios de la Constitución, con especial referencia a las normas que regulan y garantizan el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos.
b) Profundizar en los conocimientos sobre los principios deontológicos de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y mantener el orden.
c) Adquirir la competencia profesional necesaria para el mando y la gestión de recursos humanos y materiales que permitan, en su nivel, la dirección de los servicios según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, y de acuerdo con los principios básicos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
d) Profundizar en la importancia que la comunicación y las relaciones personales tienen en la dirección de las unidades, equipos y grupos de trabajo.
e) Adquirir los conocimientos adecuados que le permitan valorar y dirigir las actuaciones de policía judicial en relación con la investigación de ilícitos penales, averiguación del delito, el descubrimiento y detención del delincuente, y prestar el auxilio debido a Tribunales, Jueces y Ministerio Fiscal.
f) Adquirir los conocimientos necesarios para colaborar en tareas administrativas y logísticas desarrolladas en unidades mandadas por Oficial, y en los órganos de apoyo al mando.
g) Adquirir las habilidades básicas necesarias para instruir, de forma eficaz, al personal de él dependiente en los procedimientos operativos y las técnicas del servicio.
h) Adquirir competencias que le permitan integrarse, a su nivel, en equipos de trabajo en el marco de organizaciones internacionales de paz y seguridad en las que participa personal del Cuerpo.
i) Adquirir las competencias en lengua extranjera necesarias para su ejercicio profesional.
j) Poseer las cualidades físicas y psíquicas necesarias para desarrollar adecuadamente sus tareas profesionales.
k) Adquirir la competencia profesional necesaria para implementar los regímenes de personal y disciplinario del Cuerpo, así como las disposiciones del ordenamiento jurídico militar que le afecten como mando intermedio.
1. El plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales tendrá una duración de un curso académico.
2. La carga lectiva de dicho plan será de novecientas veinte (920) horas, distribuidas de la siguiente forma:
a) En el centro docente de formación se impartirán seiscientas veinte (620) horas.
b) En unidades del Cuerpo, se desarrollará un período de prácticas de ocho (8) semanas.
1. Para lograr el objetivo general referido en el punto 1, la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales se articula en:
a) Seis módulos de formación teórico-prácticos, en los que se impartirán los conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para el desarrollo de las funciones que ha de desempeñar el Suboficial.
b) Un módulo de formación práctico-procedimental en el que se desarrollarán y aplicarán los contenidos conducentes a la adquisición de la práctica y habilidades técnico-profesionales y militares propias del Suboficial, a fin de practicar los principales procedimientos operativos y de reforzar las competencias profesionales. Dicho módulo será desarrollado una vez impartidos los seis módulos de formación teórico-prácticos.
2. Los contenidos básicos de cada módulo podrán agruparse, en la correspondiente programación didáctica, en ámbitos de conocimiento, en razón de la homogeneidad de estos.
a) Módulo de Mando en unidades básicas de la Guardia Civil:
1. Capacidades terminales:
Adquirir las aptitudes de mando necesarias para el desempeño de los cometidos asignados al personal integrante de su escala, en cualquiera de los ámbitos en los que se desarrolle y en unidades tipo Puesto de la Guardia Civil.
Conocer los protocolos de comunicación y relación social con autoridades locales y judiciales.
Adquirir los conocimientos necesarios sobre recursos humanos y materiales para su correcta gestión en la ejecución de los servicios.
Adquirir las habilidades necesarias para integrarse en equipos de trabajo de ámbito internacional.
2. Contenidos básicos:
El suboficial como mando:
Derechos Fundamentales recogidos en las Constituciones española y europea.
Derechos Humanos y normas de Derecho Internacional Humanitario.
Principios generales del derecho.
Ética y valores en el Cuerpo de la Guardia Civil.
El cambio de subordinado a mando/subordinado.
Técnicas de mando. Estilos de mando básico, comportamiento colectivo.
Liderazgo. Técnicas de dirección a través de la influencia personal. Comunicación interpersonal.
Competencias y funciones del Suboficial de acuerdo con la normativa interna del Cuerpo y aquella aplicable del ámbito militar.
Metodología de la decisión. Procedimientos de toma de decisiones.
Estructura orgánica de los Servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.
Organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil. Dependencias funcionales de las unidades territoriales respecto a los Servicios de los órganos centrales.
Protocolos de actuación y relación social en el ámbito de sus competencias: autoridades civiles, judiciales, militares y personal de otras Fuerzas y Cuerpos de seguridad.
Operaciones de paz.
La gestión del capital humano y recursos materiales:
Aplicación en el Cuerpo de la Guardia Civil del Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado.
Desarrollo profesional de sus subordinados a través de la formación. Modelo de carrera. La formación continua como mejora de la calidad del servicio. Metodología de la instrucción de sus subordinados.
Gestión del capital humano y régimen interior del Cuerpo: destinos, indemnizaciones por razón del servicio, pabellones, permisos y licencias.
Prevención de riesgos laborales.
Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. Competencia sancionadora del Suboficial. Infracciones, sanciones y recursos. Actuación en casos de comisión de delitos por personal subordinado en el ámbito de las jurisdicciones ordinaria y militar.
Gestión de recursos materiales de dotación en unidades de la Guardia Civil tipo Puesto.
3. Duración: El módulo formativo de Mando tendrá una carga lectiva de cien (100) horas.
b) Módulo de Prevención de la delincuencia:
1. Capacidades terminales:
Capacitar al Suboficial para el planeamiento y dirección de los servicios de prevención de la delincuencia en unidades tipo Puesto, sobre la base de las tipologías delincuenciales actuales.
Adquirir conocimientos adecuados para decidir el procedimiento de actuación en situaciones de inseguridad pública y/o que perturben el orden en el desarrollo de actividades multitudinarias.
Adquirir conocimientos sobre técnicas y procedimientos de actuación de las organizaciones terroristas que suponen riesgo o amenaza a la seguridad.
Adquirir conocimientos sobre la seguridad privada como complemento a la seguridad pública.
Conocer los procedimientos de dirección en la ejecución de controles policiales.
Capacitar al Suboficial para implementar los protocolos de actuación sobre circulación y permanencia de extranjeros en territorio nacional y comunitario.
2. Contenidos básicos:
La garantía de la seguridad ciudadana:
Planes de prevención de la delincuencia, servicios y acciones a desarrollar en unidades tipo Puesto.
Normativa sobre nombramiento y prestación del servicio.
Técnicas de dirección de intervenciones policiales.
Protocolos de actuación en unidades ante situaciones que requieran la intervención de especialidades.
Tipos de controles policiales. Dirección de su ejecución.
Nociones básicas sobre estadística como herramienta de apoyo a la decisión.
Servicios de protección de la seguridad:
Tenencia, control y transporte de armas y explosivos.
Dirección de servicios encaminados a la protección medioambiental.
Corrientes migratorias actuales. Protocolos de actuación ante la inmigración irregular.
Obtención de información de interés para el servicio peculiar y especialidades, en función de la problemática delincuencial de las unidades y de los riesgos actuales en asuntos de delincuencia organizada y terrorismo. Especial referencia al terrorismo islamista.
Dirección de servicios encaminados a detección de ilícitos relacionados con drogas, estupefacientes y psicotrópicos.
Normativa básica relativa a la seguridad privada.
Coordinación con otros órganos e instituciones:
Actuación coordinada con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, nacionales y europeas.
Régimen competencial de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Constitución, cometidos y funcionamiento de las Juntas Locales de Seguridad.
3. Duración:
El módulo formativo de Prevención de la delincuencia tendrá una carga lectiva de noventa (90) horas.
c) Módulo de Protección, seguridad y comunicación:
1. Capacidades terminales:
Adquirir las habilidades sociales para responder adecuadamente a las necesidades de los ciudadanos y aportar soluciones a las demandas de información y/o ayuda de los ciudadanos.
Aplicar los procedimientos de auxilio y protección de las personas y/o bienes afectados en casos de crisis individual y/o colectiva.
Conocer los protocolos establecidos para colaborar con los órganos de protección civil en situaciones de accidente, catástrofe o calamidad pública.
Conocer los principales sistemas de seguridad aplicables a la protección de instalaciones.
Adquirir los conocimientos necesarios para aplicar, a su nivel, las normas sobre seguridad y autoprotección.
Conocer la normativa sobre seguridad vial y adquirir las habilidades en el nivel básico para la intervención en casos de accidentes de tráfico.
Conocer las principales características de los artefactos explosivos utilizados por el terrorismo y bandas delincuenciales, saber identificarlos y decidir medidas de precaución coordinadas con otras unidades o especialidades.
2. Contenidos básicos:
Principios de psicología sobre el comportamiento individual y colectivo.
Intervención psicológica en crisis y emergencias. Principios auxilios psicológicos. Técnicas de negociación.
Protocolos de comunicación y relaciones con los medios de comunicación social establecidos en el Cuerpo.
Procedimientos de atención y respuesta hacia las víctimas de un hecho delictivo.
Dirección de servicios en casos de accidentes, catástrofes y calamidades públicas.
Normativa sobre seguridad vial e instrucción de diligencias en caso de accidentes.
Actuación ante atentados terroristas.
Actuación ante existencia de artefactos explosivos no reglamentarios, amenazas de bomba y agentes NRBQ.
Técnicas y sistemas de protección de la información.
Normas de seguridad y autoprotección.
Técnicas de protección a personalidades.
3. Duración: El módulo formativo de Protección, seguridad y comunicación tendrá una carga lectiva de setenta (70) horas.
d) Módulo de Investigación y Policía Judicial:
1. Capacidades terminales:
Conocer los conceptos de derecho penal sobre tipos delictivos, grados de participación y circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Adquirir los conocimientos necesarios para dirigir y realizar investigaciones policiales, recogida de denuncias, toma de manifestaciones, aseguramiento de vestigios y pruebas y confección de atestados.
Conocer la tipología de indicios que puede encontrar en el lugar donde se ha cometido un hecho criminal y la metodología operativa específica a aplicar a cada uno de ellos, la organización de la investigación criminalística en el Cuerpo así como los estudios que se pueden solicitar de los laboratorios correspondientes.
Conocer la aplicación de las medidas procesales cautelares en las actuaciones policiales.
Conocer los órganos del orden jurisdiccional penal y su potestad jurisdiccional.
Capacitar al suboficial para la dirección de servicios encaminados a la protección integral de las víctimas de la violencia de género.
Conocer las normas que regulan las especificidades de la intervención ante víctimas sensibles.
Capacitar al Suboficial para dirigir al personal subordinado en realización de registros e inspecciones de lugares.
Adquirir conocimientos para implementar en el servicio los protocolos de actuación establecidos en la práctica de detenciones y en el traslado y custodia de los detenidos.
2. Contenidos básicos:
Investigación policial y tipología delincuencial:
Técnicas y procedimientos de la investigación Policial.
Investigación policial genérica de hechos delictivos.
Huellas, indicios, y señales.
La inspección ocular en casos de delitos.
El informe pericial.
El modelo actual de Policía Judicial:
Funciones y dependencias de la Policía Judicial.
La relación de la Policía Judicial con las Autoridades Judiciales y Fiscales.
La coordinación de la Policía Judicial.
Actuaciones de la Policía Judicial «a prevención» en la investigación de los delitos:
Investigaciones policiales como limitación de los derechos y libertades.
El atestado policial.
La denuncia y la querella.
Declaraciones ante la Policía Judicial.
Requisitos formales del atestado.
Naturaleza jurídica del atestado.
Actuaciones de la Policía Judicial bajo la Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal:
Funciones de la Policía Judicial en la fase instructora del sumario.
Identificación del delincuente.
Inspección ocular. Reconstrucción de los hechos.
Entrada y registro en domicilio y local cerrado.
Entrada y registro en delito flagrante y otros supuestos especiales.
La detención:
Concepto y legalidad.
Práctica de la actuación.
Detención ilegal.
Supuestos especiales.
El traslado de detenidos.
Actuaciones de la Policía Judicial en el procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, procedimiento abreviado y en el proceso ante el Jurado.
Actuaciones con víctimas sensibles.
La violencia de género: Sensibilización y atención a la víctima. Tratamiento legal de la intervención.
Responsabilidad penal del menor.
Extranjería y trata de seres humanos.
Racismo y xenofobia.
3. Duración: El módulo formativo de Investigación y policía judicial tendrá una carga lectiva de ciento veinte (120) horas.
e) Módulo de Técnica profesional:
1. Capacidades terminales:
Adquirir conocimientos necesarios para la dirección de unidades fiscales tipo Destacamento en virtud de las competencias asignadas a la Guardia Civil como Resguardo Fiscal del Estado.
Adquirir los conocimientos necesarios para confeccionar los documentos oficiales de mayor uso en el Puesto.
Manejar con eficacia las normas básicas de prestación del servicio.
Manejar con garantías los equipos y programas informáticos de uso estandarizado en el Cuerpo.
Conocer y saber utilizar los sistemas de transmisión y comunicación del Cuerpo.
Adquirir una formación física acorde con las funciones a desarrollar en virtud de su empleo.
Adquirir los conocimientos necesarios para practicar el tiro policial de forma eficaz y segura, así como para instruir a sus subordinados en las normas de seguridad de tenencia y transporte de las armas reglamentarias.
2. Contenidos básicos:
Resguardo Fiscal del Estado:
Unidades fiscales en la Guardia Civil.
Normas estatales y directivas europeas en materia fiscal y aduanera para la dirección del servicio en unidades fiscales.
Dirección de servicios en prevención y persecución de infracciones y delitos de contrabando.
Normativa del servicio:
Confección de documentos oficiales en el Puesto y redacción de correspondencia.
Comprobación cumplimiento normativa prestación servicios por personal subordinado.
Normas sobre nombramiento y dirección del servicio en unidades tipo Puesto.
Aplicación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación:
El Plan de Sistemas de la GC como gestión de la seguridad ciudadana y de recursos humanos y materiales: el Sistema Integrado de Gestión Operativa (SIGO), el Sistema de Análisis y Explotación Estadística y el sistema de Registro.
Uso de los programas estándar de Ofimática utilizados. Confección de documentos mediante la utilización de procesador de textos, bases de datos y hojas de cálculo.
Medios de comunicación telemáticos utilizados en el Cuerpo. Envío de documentación y mensajería.
Equipos de transmisión y comunicaciones de dotación en las unidades del Cuerpo.
Instrucción policial:
Intervención operativa.
Ejercicios de tiro con armas reglamentarias. Estudio de su regulación legal.
Ejercicios de formación física y de defensa personal, superando las marcas mínimas fijadas para las pruebas físicas que se establezcan en el correspondiente programa de estudios del centro docente.
3. Duración: El módulo de Técnica Profesional tendrá una carga lectiva de noventa (90) horas.
f) Módulo de Lengua extranjera:
1. Capacidades terminales:
Adquirir conocimientos básicos de idioma inglés.
Encontrarse en condiciones de poder alcanzar un perfil lingüístico mínimo en idioma inglés que suponga alcanzar un grado de conocimientos de tres «uno» y un «dos», o equivalente, en los cuatro rasgos lingüísticos de acuerdo con el STANAG OTAN 6001.
2. Contenidos básicos: Conocimientos teórico-prácticos de idioma inglés general, profesional y policial en nivel medio, en las áreas de expresión y comprensión, verbal y escrita.
3. Duración: El módulo de idiomas tendrá una carga lectiva de sesenta (60) horas.
1. Capacidades terminales: Proporcionar al alumno las capacidades que permitan desempeñar las principales funciones de mando y de gestión de recursos humanos y materiales en una unidad tipo Puesto, para que pueda desarrollarlas de forma eficiente al incorporarse a las unidades de destino una vez superado el plan de estudios.
2. Contenidos básicos:
El servicio en las unidades básicas del Cuerpo, Puesto y Destacamento:
Planificación y control del servicio.
Dirección del servicio de patrullas para prevenir, controlar y disuadir la comisión de ilícitos penales y/o administrativos.
Señalamientos y actuaciones policiales en ámbito Schengen. Órdenes de detención nacionales, europeas e internacionales.
Procedimientos de actuación ante situaciones que requieran la intervención de especialidades.
Atención al ciudadano:
Toma de denuncias y actuaciones posteriores.
Confección de actas, atestados y documentación interna relacionada con el servicio.
Ratificación de denuncias. Instrucción de diligencias.
Ejecución del Plan de prevención contra la delincuencia: Libro de servicio, aplicaciones informáticas, acciones a implementar, comunicación en el servicio y transmisión de novedades al escalón superior.
Realización de actuaciones prácticas:
La tenencia y transporte de armas y explosivos. Control de depósitos y voladuras de explosivos.
Actuación y procedimiento sancionador ante infracciones contra el medio ambiente.
Actuación y procedimiento sancionador en caso de delitos de fraude fiscal, delito e infracción administrativa de contrabando.
Actuaciones en materia de inspección administrativa.
Prácticas de técnica policial e investigación:
La inspección ocular. Procedimientos específicos de búsqueda, localización, recogida y remisión de los indicios hallados en el lugar del delito.
Prácticas en laboratorio de criminalística: revelado huellas lofoscópicas, cotejo dactilogramas, identificación facial, balística y grafística.
La gestión de capital humano y de recursos materiales:
Funcionamiento de una plana mayor de unidad tipo Compañía.
Utilización de las tecnologías de la información y comunicación implementadas en el Cuerpo para nombramiento de los servicios, y la gestión del personal y material.
Actuación con autoridades y otros cuerpos policiales:
Protocolos de actuación con las autoridades judiciales y ministerio fiscal.
Protocolos de actuación y relación social con autoridades de la administración central, autonómica y local en el marco de la LOFAGE.
Protocolos de actuación con otros cuerpos policiales.
En el período de prácticas en unidades se desarrollarán, en orden cronológico, las siguientes actividades.
1.º Actividades destinadas al conocimiento de la unidad asignada, organización, funciones y servicios realizados.
2.º Prácticas de mando de unidad tipo Puesto o área de Puesto Principal realizadas bajo la dirección, supervisión y control del titular de dicha unidad.
3. Duración: El módulo de formación práctico-procedimental tendrá una carga asignada de noventa (90) horas en el centro docente y de ocho (8) semanas en el período de prácticas en unidades del Cuerpo.
Tras el período de prácticas los alumnos se incorporarán al centro docente hasta la finalización del curso académico, con el objetivo de confrontar el desarrollo de las actividades prácticas con los contenidos teórico-prácticos impartidos en los distintos módulos de formación.
Se empleará una metodología pedagógica basada fundamentalmente en:
1. La programación de la enseñanza considerando el conjunto de elementos que forman parte del currículo, objetivos, contenidos, actividades, recursos didácticos, evaluación, adaptando y secuenciando los mismos hasta el nivel aula, a los intereses, necesidades y características del grupo de alumnos, para alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades y actitudes tanto individuales como grupales.
2. Contenidos teórico-prácticos significativos, funcionales y fácilmente trasferibles a la vida real, como respuesta a la finalidad preparatoria que este nivel de enseñanza tiene en la Guardia Civil, para el óptimo desempeño de las funciones que requiere el puesto de trabajo.
3. Una metodología activa, en la cual el alumno interaccione y se sienta partícipe y constructor de su propio aprendizaje, y alcance así el máximo desarrollo de sus capacidades, y en la que el profesor tenga como rol principal ser mediador, guía y facilitador del proceso de enseñanza-aprendizaje.
4. La individualización de la enseñanza reconociendo la existencia de diferencias individuales, y por lo tanto dando respuesta a los diferentes ritmos, estrategias, estilos, motivaciones, por los cuales se adquiere o accede al aprendizaje, mediante la diversificación de actividades y tareas, para obtener del alumnado el máximo rendimiento académico y competencia profesional.
5. El desarrollo de la capacidad de aprendizaje individual y autónomo mediante la utilización de estrategias y técnicas de investigación e indagación, que faciliten los procesos de reflexión y acción del individuo en la adquisición de nuevos y complejos conocimientos, así como potenciar la flexibilidad y adaptación a los continuos cambios que se producen en la sociedad actual.
6. El desarrollo de la capacidad para trabajar en equipo, realizando tareas y actividades prácticas en grupo, como medio de adquisición y refuerzo de los contenidos teórico-prácticos, y para fomentar las actitudes favorables de colaboración, cooperación, respeto, compañerismo, reparto de funciones y responsabilidades.
7. La utilización de la mayor variedad posible de recursos didácticos, metodológicos (estrategias expositivas y de investigación, técnicas de exposición oral, mapas de contenido, análisis de texto, etc.), personales (profesores, alumnos, variedad de grupos), ambientales (aulas, laboratorios, talleres, biblioteca) y materiales (impresos, audiovisuales, informáticos), que hagan a la enseñanza atractiva, interesante y motivadora para el alumno, y que a la vez sirva como facilitadora en la adquisición, mantenimiento y consolidación de los aprendizajes.
8. Una visión amplia de la evaluación, en la cual se vea la necesidad de evaluar tanto el aprendizaje del alumnado, como la enseñanza y la propia práctica docente, como un proceso sistemático, formativo y continuo, que permita obtener información del funcionamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje, y así mismo tomar las decisiones y opciones de mejora que se estimen más convenientes.
1. Superación del plan de estudios:
El plan de estudios se considerará superado cuando lo haya sido el curso académico de que consta.
El curso académico se considerará superado cuando lo hayan sido todos y cada uno de los módulos formativos que lo componen.
Un módulo formativo se considerará superado cuando se haya obtenido en el mismo o en cada uno de los ámbitos de conocimiento en que, en su caso, puedan agruparse sus contenidos básicos, una puntuación igual o superior a cinco puntos (5), sobre una escala de puntuación de cero a diez puntos, como resultado de la comprobación continuada de conocimientos y aptitudes adquiridas.
2. Pruebas ordinarias y extraordinarias. Repetición del curso académico:
Se observará un sistema de evaluación continua del alumno, referida a la asimilación de los contenidos de las materias de enseñanza en las situaciones de aprendizaje que se le han ofrecido.
Cuando un alumno no supere un módulo formativo, será convocado a realizar una prueba ordinaria sobre dicho módulo, antes de la finalización del curso académico. En el caso, de que el módulo no superado se haya agrupado en ámbitos de conocimiento, la prueba ordinaria se realizará exclusivamente sobre aquellos ámbitos en los que no se haya alcanzado la puntuación de cinco puntos (5).
El alumnado que no supere una determinada prueba ordinaria efectuará otra extraordinaria sobre los mismos contenidos que aquella, que tendrá lugar una vez finalizado el curso, tras las vacaciones estivales y antes del inicio del siguiente curso académico.
Cuando no concurran los requisitos de superación del curso académico indicados anteriormente, los alumnos repetirán por una sola vez el curso, siendo evaluados únicamente de los módulos que tengan pendientes de aprobación, pero asistiendo obligatoriamente a la totalidad de las clases teóricas y prácticas y a las actividades formativas no evaluables programadas. Estos alumnos podrán, con carácter voluntario y con el único fin de mejorar nota, someterse nuevamente a las evaluaciones establecidas para aquellos módulos que tengan superados.
3. Incidencias de los permisos o licencias en la evaluación:
El alumnado que por causa de permisos, licencias o padecimiento de enfermedad no acompañada de unos y otras, no pudiera obtener al menos la mitad de las horas lectivas asignadas a un módulo, habrá de optar por la repetición del curso o presentarse a la prueba ordinaria correspondiente y, en su caso, a la extraordinaria perdiendo, en esta última opción, la posibilidad de repetir curso por permiso, licencia o enfermedad.
Cuando el permiso, licencia o enfermedad fuere consecuencia de actos del servicio o de situaciones derivadas de él y el alumno optase por la repetición del curso, podrá aumentarse a dos el número máximo de cursos a que hace referencia el párrafo precedente, o repetir una sola vez por los motivos anteriores, en el supuesto de que optase por la presentación a la correspondiente prueba ordinaria y, en su caso, a la extraordinaria.
Los módulos que, por cualquier circunstancia, no hayan sido evaluados antes de la iniciación del nuevo curso académico se considerarán no superados.
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