Esta norma pasa a denominarse "Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se determina el régimen de homologación de los centros de material rodante y sus condiciones de funcionamiento", según establece la disposición final 1.1 de la Orden FOM/167/2015, de 6 de febrero. Ref. BOE-A-2015-1234.
Téngase en cuenta que las menciones a la Dirección General de Ferrocarriles se entenderán referidas a la autoridad responsable de la seguridad ferroviaria, según establece la disposición final 1.3 de la citada Orden.
TÍTULO I. Disposiciones Generales
TÍTULO II. Validación de vehículos ferroviarios
TÍTULO III. Autorizaciones de puesta en servicio y de circulación
TíTULO IV. Material interoperable
TÍTULO V. Explotación del material rodante y plan de mantenimiento
TíTULO VI. Los centros de mantenimiento del material rodante
Capítulo II. Homologación de los centros de mantenimiento
Capítulo III. Habilitaciones de los centros de mantenimiento
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