[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 8 de junio de 2016, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. Ref. BOE-A-2016-5530.
Téngase en cuenta la disposición transitoria 1 del citado Real Decreto, en cuanto al plazo de validez de los certificados de evaluación de la conformidad expedidos conforme a esta norma.
CAPITULO I. Objeto y definiciones
CAPITULO II. Control metrológico del Estado. Fase de comercialización y puesta en servicio
CAPITULO III. Control metrológico del Estado. Fase de instrumentos en servicio
CAPITULO IV. Organismos de actuación y cooperación técnica y administrativa
CAPITULO V. Registro de control metrológico
CAPITULO VI. Régimen de infracciones y sanciones
ANEXO I. Identificación de marcados, registro de control metrológico y precintos
ANEXO II. Organismos notificados, de control metrológico y autorizados de verificación metrológica
ANEXO III. Procedimientos de evaluación de la conformidad
ANEXO IV. Requisitos esenciales comunes de los instrumentos de medida
ANEXO V. Requisitos esenciales específicos de los contadores de agua
ANEXO VII. Requisitos esenciales específicos de los contadores de energía eléctrica activa
ANEXO VIII. Requisitos esenciales específicos de los contadores de energía térmica
Capítulo II. Seleccionadora ponderal automática:
Capítulo III. Instrumentos gravimétricos de llenado de funcionamiento automático:
Capítulo IV. Totalizador discontinuo:
Capítulo V. Totalizador continuo:
Capítulo VI. Báscula puente de ferrocarril:
ANEXO XI. Requisitos esenciales específicos de los taxímetros
ANEXO XII. Requisitos esenciales específicos de las medidas materializadas
Capítulo I. Medida materializada de longitud.
Capítulo II. Medidas de capacidad para servir líquidos de consumo inmediato
ANEXO XIII. Requisitos esenciales específicos de los instrumentos para medidas dimensionales
Capítulo I. Requisitos específicos comunes a todos los instrumentos para medidas dimensionales:
Capítulo II. Instrumentos para medir longitudes:
Capítulo III. Instrumentos para medir áreas:
Capítulo IV. Instrumentos para medidas multidimensionales:
ANEXO XIV. Requisitos esenciales específicos de los analizadores de gases de escape
ANEXO XV. Identificación de las inscripciones del registro de control metrológico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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