Norma derogada, excepto las disposiciones finales 2, 3 y 4, por la disposición derogatoria única del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2015-8343.
TÍTULO I. Disposiciones generales
TÍTULO II. De los medicamentos
CAPÍTULO I. De los medicamentos reconocidos por la Ley y sus clases
CAPÍTULO IV. De las garantías sanitarias de las fórmulas magistrales y preparados oficinales
CAPÍTULO V. De las garantías sanitarias de los medicamentos especiales
CAPÍTULO VI. De las garantías de seguimiento de la relación beneficio/riesgo en los medicamentos
TÍTULO III. De las garantías de la investigación de los medicamentos de uso humano
TÍTULO IV. De las garantías exigibles en la fabricación y distribución de medicamentos
CAPÍTULO I. De la fabricación de medicamentos
CAPÍTULO II. De la distribución de medicamentos
TÍTULO V. De las garantías sanitarias del comercio exterior de medicamentos
TÍTULO VI. Del uso racional de los medicamentos de uso humano
CAPÍTULO II. Del uso racional de medicamentos en la atención primaria a la salud
CAPÍTULO III. Del uso racional de los medicamentos en la atención hospitalaria y especializada
CAPÍTULO IV. Del uso racional de medicamentos en las oficinas de farmacia
CAPÍTULO V. De la trazabilidad de los medicamentos
TÍTULO VII. De la financiación pública de los medicamentos y productos sanitarios
TÍTULO VIII. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Inspección y medidas cautelares
CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones
TÍTULO IX. De la acción de cesación
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