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Orden FOM/898/2005, de 8 de abril, por la que se fijan las cuantías de los cánones ferroviarios establecidos en los artículos 74 y 75 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

[Vigencia agotada]

Índice: «Última actualización, publicada el 28/06/2017»

Téngase en cuenta que, según establece el art. 70 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, a partir del 1 de julio de 2017 entra en vigor el nuevo sistema de cánones ferroviarios previsto en los arts. 97 y 98 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, con las cuantías unitarias que se establecen en los arts. 71 y 72 de la citada Ley de Presupuestos para 2017 Ref. BOE-A-2017-7387, por lo que dejaría de aplicarse la presente Orden.

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Nivel de tráfico

ANEXO II. Clasificación de las líneas ferroviarias

ANEXO III. Características de los servicios y tipos de tren

ANEXO IV. Períodos horarios

ANEXO V. Clasificación de estaciones

ANEXO VI. Estaciones con andenes reservados para los servicios de cercanías y regionales

ANEXO VII. Modelos de formularios de liquidación


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