[Vigencia agotada]
Téngase en cuenta que, según establece el art. 70 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, a partir del 1 de julio de 2017 entra en vigor el nuevo sistema de cánones ferroviarios previsto en los arts. 97 y 98 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, con las cuantías unitarias que se establecen en los arts. 71 y 72 de la citada Ley de Presupuestos para 2017 Ref. BOE-A-2017-7387, por lo que dejaría de aplicarse la presente Orden.
ANEXO II. Clasificación de las líneas ferroviarias
ANEXO III. Características de los servicios y tipos de tren
ANEXO V. Clasificación de estaciones
ANEXO VI. Estaciones con andenes reservados para los servicios de cercanías y regionales
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