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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Índice: «Última actualización, publicada el 17/09/2021»

Norma derogada, con efectos de 18 de septiembre de 2021, a excepción del artículo 1.5, la parte introductoria del artículo 2.1 y las letras g), i), j), k), l), m), n), o), p) y q), el artículo 7.6 y los artículos 8, 10, 11, y 12, según establece la disposición derogatoria única.1.c) del Real Decreto 739/2021, de 24 de agosto, conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria de este Real Decreto, y hasta el 13 de diciembre de 2022 o, en su caso, en una fecha anterior que se determinará en un acto delegado adoptado por la Comisión Europea, en que quedarán derogados, según establece el apartado 3 de la citada disposición derogatoria. Ref. BOE-A-2021-15095

Téngase en cuenta que, con efectos desde el 2 de enero de 2022, las menciones a exportación, certificado fitosanitario de exportación y certificado fitosanitario de reexportación, del presente Real Decreto, quedan derogadas, según establece la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto 387/2021, de 1 de junio. Ref. BOE-A-2021-10588

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI a)

ANEXO VI b)

ANEXO VI c)

ANEXO VI d)

ANEXO VI e)

ANEXO VI f)

ANEXO VII

ANEXO VIII

ANEXO IX


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