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Convenio entre el Reino de España y el Estado de Israel para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Jerusalén el 30 de noviembre de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10/01/2001.
Entrada en vigor:
20/11/2000
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-679
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1999/11/30/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 30/11/1999
  • Fecha de publicación: 10/01/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 20/11/2000
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 22 de diciembre de 2000.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN:
    • notificación de conclusión de procedimiento interno efectuada por España, en BOE núm. 147, de 21 de junio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-10231).
    • sobre la aplicación de medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios: Acuerdo Internacional de 24 de noviembre de 2016 (Ref. BOE-A-2021-21097).

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Doble imposición
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Israel
  • Sistema tributario

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