Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.

Publicado en:
«BON» núm. 83, de 11/07/1997, «BOE» núm. 206, de 28/08/1997.
Entrada en vigor:
31/07/1997
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1997-19021
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1997/06/27/11/con

Índice: «Última actualización, publicada el 07/11/2023»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Objeto y ámbito

TÍTULO I. Regulación de la actividad estadística

CAPÍTULO I. Principios generales

Sección 1.a Del interés público

Sección 2.a De la transparencia

Sección 3.a De la homogeneidad

Sección 4.a De la proporcionalidad

Sección 5.a De la difusión y publicidad de resultados

Sección 6.a De la conservación y custodia de la información

Sección 7.a De la cooperación entre las Administraciones Públicas

Sección 8.a Del secreto estadístico

Sección 9.a De la obligatoriedad del suministro de información

CAPÍTULO II. Planificación de la actividad estadística

TÍTULO II. Sistema Estadístico de Navarra

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Del Instituto de Estadística de Navarra

CAPÍTULO III. De las unidades estadísticas de los Departamentos

CAPÍTULO IV. Del Consejo de Estadística de Navarra

TÍTULO III. De las relaciones estadísticas con las Entidades Locales

TÍTULO IV. Régimen sancionador

TÍTULO V. Registro de población de Navarra

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid