Norma derogada, con efectos de 12 de diciembre de 2002, salvo los arts. 26 a 33 y los párrafos uno y dos del art. 36, que serán de aplicación al personal que mantenga su condición de funcionario, según establece la disposición derogatoria única, punto 1, del Real Decreto 1245/2002, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2002-24045.
Sección primera. Naturaleza, sede y funciones
Sección segunda. Órganos de gobierno y dirección
Sección tercera. Personal de la Orquesta
Sección cuarta. Régimen de trabajo
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Ayúdenos a mejorar: puede dirigir sus comentarios y sugerencias a nuestro Servicio de atención al ciudadano
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid