Se declara la vigencia, en lo que se refiere al IRPF, por la disposición derogatoria única.2.6 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-1998-28472.
CAPÍTULO I. Medidas presupuestarias
CAPÍTULO II. Medidas tributarias
CAPÍTULO III. Medidas financieras
CAPÍTULO IV. Medidas de empleo
ANEXO I. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos autónomos y Entes públicos
ANEXO II. Compromisos de gastos para ejercicios futuros
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Ayúdenos a mejorar: puede dirigir sus comentarios y sugerencias a nuestro Servicio de atención al ciudadano
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid