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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Orgánica 7/1992, de 20 de noviembre, por la que se fija la edad de jubilación de Jueces y Magistrados y se integra diverso personal médico en el Cuerpo de Médicos Forenses.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 21/11/1992.
Entrada en vigor:
22/11/1992
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1992-25817
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/lo/1992/11/20/7/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Orgánica
  • Fecha de disposición: 20/11/1992
  • Fecha de publicación: 21/11/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 22/11/1992

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DESARROLLA por Real Decreto 181/1993, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-1993-5006).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29621).
    • art. 503.2 y disposición transitoria 28.1 y MODIFICA determinados preceptos de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
    • disposición transitoria 7 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-151).
    • arts. 99, 101 y 102 y modifica determinados preceptos de la Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-7537).
  • CITA Ley 25/1986, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-1986-33874).

Materias

  • Administración de Justicia
  • Carrera Fiscal
  • Carrera Judicial
  • Cuerpo de Médicos del Registro Civil
  • Cuerpo Nacional de Médicos Forenses
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Incompatibilidades
  • Jubilación
  • Oposiciones y concursos
  • Registro Civil
  • Tribunales Superiores de Justicia

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