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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOGV» núm. 973, de 30/12/1988, «BOE» núm. 24, de 28/01/1989.
Entrada en vigor:
01/01/1989
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1989-2072
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/l/1988/12/26/11/con

Índice: «Modificación publicada el 13/05/2009»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO I. Nombramiento, remoción y situación jurídica

CAPÍTULO I. Del Estatuto personal

CAPÍTULO II. Remoción

CAPÍTULO III. Prerrogativas e incompatibilidades

CAPÍTULO IV. Adjuntos del Síndico de Agravios

TÍTULO II. Del procedimiento

CAPÍTULO I. Iniciación del procedimiento e investigación

CAPÍTULO II. Ámbito de competencias

CAPÍTULO III. Tramitación de quejas

CAPÍTULO IV. De la colaboración de los Organismos requeridos

CAPÍTULO V. Sobre documentos reservados

CAPÍTULO VI. De la responsabilidad de las autoridades, los funcionarios y las personas afectas a la Administración Pública

CAPÍTULO VII. Compensaciones a particulares

TÍTULO III. De las resoluciones

CAPÍTULO I. Contenido de las resoluciones

CAPÍTULO II. Notificaciones y comunicaciones

CAPÍTULO III. Informe a las Cortes Valencianas

TÍTULO IV. Medios personales y materiales

CAPÍTULO I. Personal

CAPÍTULO II. Dotación económica

[Firma]


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