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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOGV» núm. 973, de 30/12/1988, «BOE» núm. 24, de 28/01/1989.
Entrada en vigor:
01/01/1989
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1989-2072
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/l/1988/12/26/11/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 26/12/1988
  • Fecha de publicación: 28/01/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1989
  • Publicada en el DOCV núm. 973, de 30 de diciembre de 1988.
  • Fecha de derogación: 30/04/2021

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 2/2021, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2021-6051).
  • SE MODIFICA:
  • SE DECLARA en el recurso 580/1989, inconstitucional y nulo el art. 24.2, por Sentencia 162/1996, de 17 de octubre (Ref. BOE-T-1996-24338).
  • CORRECCIÓN de errores en DOGV núm. 993 de 27 de enero de 1989 (Ref. DOGV-r-1989-90255).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 24 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1982-17235).
  • CITA:

Materias

  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Defensor del Pueblo

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