La Orden del Ministerio de Justicia de 24 de diciembre de 1958 aprobó, junto a otros extremos, formularios y modelos, el modelo número 5 (cuestionario para la declaración de nacimiento al Registro Civil), el número 7 (cuestionario para la declaración de defunción) y el número 9 (parte de alumbramiento de criaturas abortivas), que aún siguen utilizándose en la práctica diaria.
El tiempo transcurrido explica por sí mismo la necesidad de poner al día tales modelos, con la finalidad de recoger en ellos las reformas sustantivas y registrales operadas desde entonces en la materia relacionada con el estado civil de la persona. Es, además, imprescindible que la redacción figure no sólo en castellano, sino en las demás lenguas españolas que gozan de cooficialidad constitucional con aquél en ciertas Comunidades Autónomas, como así ha sido reconocido por el artículo 86 del Reglamento del Registro Civil, en su redacción por el Real Decreto 628/1987, de 8 de mayo.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado,
Este Ministerio ha acordado:
Se aprueban los adjuntos modelos número 5 (cuestionario para la declaración de nacimiento al Registro Civil), número 7 (cuestionario para la declaración de defunción) y número 9 (declaración y parte de alumbramiento de criaturas abortivas).
En los territorios españoles con idioma oficial propio, además del castellano, se utilizarán modelos bilingües, conforme a las traducciones que figuran como anejo a esta Orden.
Quedan derogados los modelos número 5, 7 y 9 aprobados por Orden de 24 de diciembre de 1958.
La presente Orden entrará en vigor el 10 de junio de 1988.
Madrid, 26 de mayo de 1988.
LEDESMA BARTRET
Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.
Jaiotzaren Berri Emateko Orria
Téngase en cuenta, para este modelo, la modificación establecida por el art. único de la Orden de 9 de diciembre de 1992. Ref. BOE-A-1992-28356
"En el modelo oficial impreso número 7, relativo al cuestionario para la declaración de defunción, se incluirá, entre los datos de identidad del difunto y a continuación de la referencia al lugar de nacimiento de éste, una casilla destinada a reflejar el número de documento nacional de identidad del difunto."
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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