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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 18/04/1986
  • Fecha de publicación: 22/04/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 12/05/1986
  • Publicada en núms. 96 a 97, de 22 a 23 de abril de 1986.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 172.2 y SE AÑADE el 175 bis, por Ley 4/2024, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-23271).
  • SE DECLARA en el Recurso 1959/2014 inconstitucional y nulo lo indicado del art. 97 en la redacción dada por la disposición final 1 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, por Sentencia 111/2016, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2016-6839).
  • SE DEROGA:
    • de forma reiterada y con el alcance señalado, el capítulo III del título VII, por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11719).
    • con efectos desde el 2 de octubre de 2016, el art. 110, por Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
  • SE MODIFICA el art. 97.2, por Ley 27/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13756).
  • SE DEROGA:
    • arts. 23.a) y c), 24.c), 28.c) y d), 29.d), 89, 95.2, 112, 113, 115, 116 y 118 a 125, con efectos desde 30 de abril de 2008, por Ley 30/2007, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18874).
    • en la forma indicada, el capítulo III del título VII, por Ley 7/2007, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2007-7788).
  • SE DECLARA en la Cuestión 4124/1996, la inconstitucionalidad del último inciso del art. 135.b), por Sentencia 37/2004, de 11 de marzo (Ref. BOE-T-2004-6131).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 135, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
    • los arts. 151, 167, 169 y disposición final 7, por Ley 53/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25412).
  • SE DEROGA los arts. 12 a 16, por Ley 4/1996, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1996-753).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 129.2.b) y 159.1, por Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
    • los arts. 129.2.b), 159, 160, 161 y 165.1, por Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1994-14961).
  • SE DECLARA:
    • en los recursos 826/1986, 839/1986 y 842/1986, la inconstitucionalidad de lo indicado de la disposición final 7, por Sentencia 385/1993, de 23 de diciembre (Ref. BOE-T-1994-1905).
    • la INADMISIÓN de la CUESTIÓN 69/1989, en relación con el art. 390, por Sentencia 332/1993, de 12 de noviembre (Ref. BOE-T-1993-29239).
  • SE DEROGA los núm. 5 y 6 del art. 129.2.b), por Ley 10/1993, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1993-10455).
  • SE DECLARA en la CUESTIÓN 2191/1990, la constitucionalidad del art. 355.5, por Sentencia 221/1992, de 11 de diciembre (Ref. BOE-T-1993-1242).
  • SE DEROGA, en cuanto se oponga, el art. 129.2.b).5 y 6, por Ley 31/1991, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-30903).
  • SE PRORROGA aplicación de los arts. 372 y siguientes, por Ley 5/1990, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1990-15348).
  • SE MODIFICA el art. 13, por Ley 4/1990, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1990-15347).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 285, aprobando refundición de tarifas de la licencia fiscal de actividades comerciales e industriales: Real Decreto 1027/1989, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1989-18992).
    • con el art. 310, aprobando refundición de tarifas de la licencia fiscal de actividades profesionales y de artistas: Real Decreto 1020/1989, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1989-18905).
  • Cuestión 69/1989 promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 390 (Ref. BOE-A-1989-2524).
  • SE DEROGA el Título VIII y disposiciones transitoria 8 y finales 1 a 4, inciso final de la 5 y la 7.2, por Ley 39/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29623).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art.14, aplicando la Elaboración de los Censos y Padrones 1990-1991: Real Decreto 1422/1988, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-27706).
  • SE MODIFICA art. 367.2.c), por Ley 33/1987, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28404).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 246 sobre prórrogas de bases imponibles a efectos de la contribución territorial rústica y pecuaria: Real Decreto-ley 5/1987, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-27598).
  • SE DEROGA los arts. 250 y 272.1 a 272.3, por Ley 26/1987, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-27595).
  • CORRECCIÓN de errores:

Referencias anteriores

Materias

  • Administración Local
  • Alcalde
  • Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas
  • Arrendamientos urbanos
  • Ayuntamientos
  • Banca
  • Banco de Crédito Local
  • Bienes de las Entidades Locales
  • Cabildos Insulares
  • Cajas de Ahorro
  • Canarias
  • Caza
  • Ceuta
  • Comisión Nacional de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales
  • Comisiones provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales
  • Comunidades Autónomas
  • Consejos Insulares
  • Construcciones
  • Contratación de la Administración Local
  • Contribución Territorial Rústica y Pecuaria
  • Contribución Territorial Urbana
  • Crédito Oficial
  • Créditos
  • Demarcación territorial de las entidades locales
  • Diputaciones Provinciales
  • Dirección General de Administración Local
  • Entidades Locales Menores
  • Estadística
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Haciendas Locales
  • Hostelería
  • Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo Personal
  • Inversiones
  • Islas
  • Juego
  • Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Mancomunidades Interinsulares
  • Melilla
  • Ministerio de la Administración Territorial
  • Montes de Piedad
  • Municipios
  • Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
  • Navarra
  • Obras y Servicios de las Corporaciones Locales
  • País Vasco
  • Pensiones
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  • Planes provinciales
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  • Procedimiento Económico Administrativo
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