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Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre, por el que integran los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de Trabajadores Ferroviarios, Jugadores de Fútbol, Representantes de Comercio, Toreros y Artistas en el Régimen General, así como se procede a la integración del Régimen de Escritores de Libros en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30/12/1986.
Entrada en vigor:
19/01/1987
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1986-33763
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1986/12/24/2621/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/12/1986
  • Fecha de publicación: 30/12/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 19/01/1987
  • Efectos de la integración desde el 1 de enero de 1987.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • el art. 5, por Real Decreto 708/2015, de 24 de julio (Ref. BOE-A-2015-8339).
    • el art. 10.1, por Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-2001-21491).
    • los arts. 4, 6, 7, 8 y 14, por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-1579).
  • SE MODIFICA art. 3.1, por Real Decreto 863/1990, de 6 de julio (Ref. BOE-A-1990-16009).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, en materia de ACCión PROTECTORA: Orden de 30 de noviembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-27400).
  • SE DESARROLLA por Orden de 20 de julio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-17806).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 1, regulando la protección por Desempleo: Real Decreto 2622/1986, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-1986-33764).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • en cuanto se oponga la Orden de 21 de julio de 1982 (Ref. BOE-A-1982-19913).
    • en cuanto se oponga el Real Decreto 1024/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12780).
    • en cuanto se oponga el Real Decreto 2806/1979, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-29498).
    • en cuanto se oponga la Orden de 24 de enero de 1976 (Ref. BOE-A-1976-2689).
    • en cuanto se oponga la Orden de 29 de noviembre de 1975 (Ref. BOE-A-1975-26073).
    • en cuanto se oponga el Decreto 2409/1975, de 23 de agosto (Ref. BOE-A-1975-21381).
    • en cuanto se oponga el Decreto 2133/1975, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1975-18983).
    • en cuanto se oponga el Decreto 2824/1974, de 9 de agosto (Ref. BOE-A-1974-1614).
    • en cuanto se oponga el Decreto 3262/1970, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-1970-1247).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional segunda de la Ley 26/1979, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-25083).

Materias

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Artistas
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Cinematografía
  • Circo y Variedades
  • Comercio
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Deporte
  • Escritores
  • Espectáculos
  • Ferrocarriles
  • Fútbol
  • Incapacidades laborales
  • Jubilación
  • Música
  • Radiodifusión
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Representantes de Comercio
  • Seguridad Social
  • Teatro
  • Televisión
  • Toreros
  • Trabajadores

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