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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 2777/1982, de 24 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 04/11/1982.
Entrada en vigor:
25/11/1982
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1982-28603
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1982/09/24/2777/con

Índice: «Última actualización, publicada el 25/12/1990»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Firma]

ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS DE ESPAÑA

I. Constitución y fines

II. De los miembros

III. Organización y régimen

IV. De la incompatibilidad profesional

V. De las actuaciones profesionales

VI. De las Sociedades de auditoría

VII. De la Deontología profesional

VIII. De los recursos financieros

IX. De la reforma de Estatutos

Cláusula adicional

Cláusula transitoria primera

Cláusula transitoria segunda

Cláusula transitoria tercera


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