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Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14/04/1978.
Entrada en vigor:
14/04/1978
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1978-9612
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1978/02/10/689/con

Índice: «Última actualización, publicada el 15/04/1989»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Firma]

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN DE LA LEY 8/1975, DE 12 DE MARZO, DE ZONAS E INSTALACIONES DE INTERÉS PARA LA DEFENSA NACIONAL

TÍTULO I. De las medidas de protección y defensa

CAPÍTULO PRELIMINAR. Generalidades

CAPÍTULO I. De las zonas de interés para la Defensa Nacional

CAPÍTULO II. De las zonas de seguridad

Sección 1.ª De las zonas de seguridad de las instalaciones militares

Subsección A. Instalaciones del grupo primero

Subsección B. Instalaciones del grupo segundo

Subsección C. Instalaciones del grupo tercero

Subsección D. Instalaciones del grupo cuarto

Subsección E. Instalaciones del grupo quinto

Sección 2.ª De las zonas de seguridad de las instalaciones civiles declaradas de interés militar

Sección 3.ª Disposiciones comunes

CAPÍTULO III. De las zonas de acceso restringido a la propiedad por parte de extranjeros

TÍTULO II. Tramitación de proyectos y autorizaciones

CAPÍTULO I. De las zonas de interés para la Defensa Nacional

Sección 1.ª De las Entidades oficiales

Sección 2.ª De los particulares

Sección 3.ª Disposiciones comunes

CAPÍTULO II. De las zonas de seguridad

CAPÍTULO III. De las zonas de acceso restringido a la propiedad por parte de extranjeros

TÍTULO III. Indemnizaciones y sanciones

CAPÍTULO I. Indemnizaciones

CAPÍTULO II. Sanciones

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

ANEXO I

ANEXO II. Delimitación de las zonas de acceso restringido a la propiedad por parte de extranjeros en territorios peninsulares (art. 32 b)


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